En respeto a su dignidad humana, municipio habilita nichos para bebés fallecidos en aborto

El municipio de Boadilla del Monte, Madrid (España) será el primero de España en tener nichos y columbarios individuales para neonatos fallecidos o abortados en su cementerio. 

Según informa el diario El Confidencial, las obras comenzaron el pasado mes de mayo y ya están próximas a terminarse. Por lo que se prevé que puedan utilizarse a partir del mes de octubre.

Está formado por nueve columbarios para depositar cenizas o restos mortales y pretende ser un lugar “para el duelo y el recuerdo de los hijos”.

Javier Úbeda, alcalde de Boadilla del Monte, declaró a El Confidencial que esta propuesta pretende llevar a cabo proyectos que “dignifiquen la vida de las personas independientemente de su desarrollo”. 

Úbeda también aseguró que de esta manera los vecinos pueden “llorar y rezar de una forma digna a su hijo y que este no sea tratado como un mero residuo médico que acaba en la basura”. 

“No tiene sentido que una familia que sufre un aborto no pueda dar sepultura a su hijo ni se le facilite el suelo con espacios como los que estamos habilitando”, apuntó. 

“Es un pequeño paso, pero significativo, para lograr que triunfe el respeto a la vida independientemente de las circunstancias de ésta” y “si lo solicitan las familias, tenemos capacidad para abrir más columbarios y suponemos que lo harán, porque no existe nada similar como servicio público en España”, aseguró el alcalde.  

El coste de estos nichos será de 386 euros para las personas que residan en el municipio y el doble para quienes no residen en él. Les otorga el uso durante 99 años, mientras que el resto de tumbas es de 10 o 50 años.

El Confidencial también indica que la puesta en marcha de este lugar para que reposen los restos de niños no nacidos se basa en la sentencia del Tribunal Constitucional del año 2016 que reconoció el derecho de una madre a enterrar a su hijo de 22 semanas de gestación y 362 gramos de peso.

Para ser registrado en el Registro Civil y ser considerado “resto humano de entidad suficiente”, y por lo tanto también enterrado, el feto debe pesar al menos 500 gramos y alcanzar los 180 días de gestación.

Hasta alcanzar esos parámetros, el feto no se considera sujeto a la normativa mortuoria por no ser resto quirúrgico de entidad suficiente.

Sin embargo, con la resolución del Tribunal Constitucional se subrayó que el derecho de enterramiento de los fetos está contenido en el “derecho a la intimidad familiar”.

“De la imposición de un deber de inscripción en el Registro Civil a partir de un determinado tiempo de gestación, no cabe deducir la prohibición de entrada para su enterramiento”.

Hasta ahora, tan sólo el cementerio de Zamora y el de la localidad de Torrent, en Valencia (España) tienen lugares similares, que denominan “rinconcito blanco” para que las familias que han perdido a sus hijos durante la gestación puedan depositar sus restos con dignidad.    

En el caso de Boadilla del Monte contará con niños individuales para cada feto o neonato de hasta tres meses y no un espacio común para todos los cuerpos.

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