Corte Suprema anula restricciones contra las iglesias en Nueva York

La Corte Suprema de Estados Unidos falló en contra de las restricciones a las iglesias en el estado de Nueva York durante la pandemia de COVID-19, al considerarlas una violación de la protección de la Primera Enmienda al ejercicio de la libertad religiosa. 

Después del fallo del 26 de noviembre, Mons. Nicholas DiMarzio, Obispo de Brooklyn –diócesis que era la parte demandante–, dijo que el culto religioso debe considerarse un elemento esencial durante la pandemia de coronavirus.  

“Es hora, ya es hora, de dejar claro que, si bien la pandemia plantea muchos desafíos graves, no hay mundo en el que la Constitución tolere edictos ejecutivos codificados por colores que reabran las tiendas de licores y bicicletas, pero cierren iglesias, sinagogas y mezquitas”, escribió el juez asociado Neil Gorsuch sobre el fallo, el cual prohíbe temporalmente las restricciones al culto religioso promulgadas el 6 de octubre por el gobernador de Nueva York, Andrew Cuomo.

El fallo de la Corte es temporal, ya que las demandas presentadas por la Diócesis de Brooklyn y por las sinagogas judías ortodoxas en Nueva York continuarán, aunque es probable que la decisión de la Corte Suprema tenga un gran peso en el resultado de esos casos.

Las restricciones del estado prohibieron la asistencia de más de 10 personas a los servicios religiosos en las “zonas rojas” designadas por el Estado y 25 personas en las “zonas naranjas”.

“En una zona roja, mientras que una sinagoga o iglesia no puede admitir a más de 10 personas, las empresas categorizadas como 'esenciales' pueden admitir a tantas personas como deseen. Y la lista de negocios 'esenciales' incluye cosas como instalaciones de acupuntura, campamentos, garajes, así como muchos servicios” no esenciales, concluyó la opinión mayoritaria de la Corte.

“Estas categorizaciones conducen a resultados preocupantes”, agregó la decisión.

“No solo no hay evidencia de que los demandantes hayan contribuido a la propagación de COVID-19, sino que existen muchas otras reglas menos restrictivas que podrían adoptarse para minimizar el riesgo de quienes asisten a los servicios religiosos. Entre otras cosas, la asistencia máxima a un servicio religioso podría estar vinculada al tamaño de la iglesia o sinagoga”, escribió la Corte.

“Incluso en una pandemia, la Constitución no puede abandonarse y olvidarse. Las restricciones en cuestión aquí, al prohibir efectivamente que muchos asistan a servicios religiosos, golpean el corazón mismo de la garantía de libertad religiosa de la Primera Enmienda”, concluyó.

La decisión 5 contra 4 tuvo a la recién confirmada jueza Amy Coney Barrett votando con la mayoría, mientras que el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, se puso del lado de los tres jueces liberales.

En su comunicado del 26 de noviembre, Mons. DiMarzio dijo que está “complacido por la decisión de los jueces de la Corte Suprema de los Estados Unidos, quienes han reconocido la clara violación de la Primera Enmienda y la urgente necesidad de reparación en este caso”.

“Estoy orgulloso de liderar la Diócesis de Brooklyn y luchar por nuestro derecho sagrado y constitucional a la adoración”, comentó.

“Nuestras iglesias no han sido la causa de ningún brote. Hemos llevado nuestra batalla legal hasta aquí porque debemos ser considerados esenciales, por lo que podría ser más esencial que reunirnos en oración con seguridad en tiempos de pandemia”, concluyó el obispo.

Traducido y adaptado por Diego López Marina. Publicado originalmente en CNA.

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