Expertos recuerdan la importancia de buenos cuidados paliativos en el final de la vida

El 9 de octubre se celebra el Día Mundial de los Cuidados Paliativos, ante esta situación varios expertos han recordado la necesidad de la población a ser cuidada de manera adecuada en la recta final de su vida frente a la elaboración de leyes de eutanasia. 

El doctor Marcos Gómez Sancho, uno de los máximos referentes a nivel mundial en medicina paliativa aseguró el pasado mes de septiembre en la jornada “¿Muerte digna o vida digna? Cuidados frente a la eutanasia” organizada por la Universidad Católica de Valencia (UCV) que “en España hay 75.000 españoles que se mueren cada año con un sufrimiento intenso, perfectamente evitable, porque no tienen acceso a un servicio de cuidados paliativos”. 

“Es decir, hemos empezado la casa por el tejado: en lugar de empezar por los cimientos, que es atender a los enfermos, se ha priorizado legalizar alguna forma de acabar con los enfermos”, aseguró.

Por eso descató también que la ley de eutanasia recoge que se debe informar al paciente de los recursos disponibiles en cuidados paliativos, “pero eso en media España no se va a poder hacer porque hay cero recursos de cuidados paliativos. No se va a poder cumplir la ley”. 

También recordó que la eutanasia puede ser legal, porque ahora lo permite la ley [en 7 países del mundo, entre ellos España y Colombia] “pero no podrá ser un acto médico porque no lo es: va en contra de la esencia del ejercicio de la medicina”.

Por su parte, Alonso García de la Puente, director del departamento psicosocial del Hospital de Cuidados Paliativos Laguna, en Madrid (España) explicó en un vídeo de “Haciéndote preguntas” en junio de 2021, que “cuando los médicos no pueden curar, lo que sí podemos seguir haciendo es cuidar a esa persona. Y lo hacemos dando medicamentos para intentar aliviar el dolor y el sufrimiento lo máximo posible”. 

También recordó que el término “buena muerte” es un “disfraz”, porque en su opinión “la buena muerte es estar rodeado de los tuyos, en tu casa, agarrado a una mano”. “Me cuesta admitir que otro venga a decir que la manera de ser compasivo es acabar con su vida”, subrayó el psicólogo experto en cuidados paliativos. 

García de la Puente aseguró en el vídeo que “animaría a los legisladores a que se acerquen a mi hospital [Hospital de Cuidados Paliativos Laguna] y que vean lo que vivimos, la necesidad real que tienen los pacientes es la de aliviar el sufrimiento, de que la sociedad siga preocupándose y ocupándose de ellos”.

Testamento vital

Ante la aprobación de la ley de la eutanasia en España, la Conferencia Episcopal Española aprobó la “declaración de Instrucciones previas y voluntades anticipadas”, también conocida como “testamento vital”.

Se trata de “la expresión escrita de la voluntad de un paciente sobre los tratamientos médicos que desea recibir o no está dispuesto a aceptar, en la fase final de su vida”. 

De esta manera en el texto se precisa que “si llegara a padecer una enfermedad grave e incurable o a sufrir un padecimiento grave, crónico e imposibilitante o cualquier otra situación crítica; que se me administren los cuidados básicos y los tratamientos adecuados para paliar el dolor y el sufrimiento; que no se me aplique la prestación de ayuda a morir en ninguna de sus formas, sea la eutanasia o el “suicidio médicamente asistido”, ni que se me prolongue abusiva e irracionalmente mi proceso de muerte”. 

Y que en caso de que la persona esté embarazada se respete la vida del niño. También incluyen la petición de la atención por parte de un sacerdote católico y que se administren los sacramentos pertinentes. 

Según la legislación actual es necesario registrar el testamento vital en el registro público para que se incorpore al historial médico del paciente. 

Puede encontrar el texto completo de la “Declaración de Instrucciones previas y voluntades anticipadas” o testamento vital AQUÍ.

Ley de la eutanasia 

En España la eutanasia está en vigor desde el 25 de junio de 2021. Es el séptimo país en el mundo en el que se legal después de Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo, Canadá, Nueva Zelanda y Colombia.

En el caso de España, la norma establece que se podrá llevar a cabo en pacientes que lo soliciten y se encuentren en un contexto de padecimiento grave, crónico que les cause un sufrimiento intolerable. 

Para solicitarla debe tener nacionalidad española o haber residido en España al menos 12 meses. Ser mayor de edad, y ser capaz y consciente en el momento de la solicitud de eutanasia. También deben disponer por escrito de la información que exista sobre su proceso médico, alternativas y posibilidades de actuación. 

El enfermo debe realizar 2 solicitudes de eutanasia por escrito separadas al menos de 15 días naturales entre ambas. Pero si el médico considera que la pérdida de la capacidad de la persona que lo solicita es inminente podrá reducir el periodo a lo que estime oportuno. Además debe firmar un consentimiento informado previamente a recibir la ayuda para morir. 

El Tribunal Constitucional de España admitió a estudio el recurso de que la ley de la eutanasia en España vulnera varios preceptos de la Constitución española, y del Convenio de Derechos Humanos, así como el principio de seguridad jurídica. Al momento de la publicación de este artículo, el día 9 de octubre de 2021, el Tribunal Constitucional no ha resuelto aún el recurso. 

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