Un nuevo decreto del gobierno del estado de Pernambuco (Brasil) determinó que es obligatoria la vacunación completa o prueba con resultado negativo para COVID-19 para poder participar en Misas con más de 300 personas.
El Decreto N° 51.460 fue publicado en una edición extra del Boletín Oficial del Estado de Pernambuco y ya está en vigencia. El texto establece que “las celebraciones religiosas con más de 300 (trescientas) personas deben respetar los límites de capacidad del ambiente y el número máximo de personas establecido en una Ordenanza Conjunta del Departamento de Salud y el Departamento de Desarrollo Económico”.
Se establece también el “requisito de presentación de un comprobante del calendario de vacunación completo y/o una prueba de COVID-19 con resultado negativo”, agrega.
Además, la ley señala que “en todos los municipios del Estado, las celebraciones religiosas en persona, sin aglomeraciones, en iglesias, templos y otros lugares de culto pueden realizarse de 5:00 am a 1:00 am, cualquier día de la semana”.
En un video del 28 de septiembre, el Arzobispo de Olinda y Recife, Mons. Fernando Saburido, señaló que el decreto fue abordado por los obispos de la provincia de Pernambuco en una reunión el lunes, durante la Asamblea del Nordeste Regional 2 de la Conferencia Nacional de Obispos de Brasil (CNBB).
“Después de leer el decreto, llegamos a la conclusión de que hay pequeños cambios en nuestras comunidades eclesiales. Solo en celebraciones con más de 300 personas se exigirá prueba de vacunación y estamos a favor de la vacunación. Entendemos que es bueno para la sociedad”, indicó.
Mons. Saburido agregó que los obispos interpretaron “este requisito como algo bueno para todos para evitar el contagio” y pidió “a las comunidades católicas que traten de seguir esta orientación, porque de hecho es un bien para todos nosotros”.
La Diócesis de Caruaru también publicó una nota sobre el decreto donde señala que “no todas las parroquias necesitarán solicitar el documento”, dado que no sobrepasan el aforo indicado en la ley.
En diciembre de 2020, la Congregación para la Doctrina de la Fe de la Santa Sede publicó una nota sobre “la moralidad del uso de algunas vacunas contra el COVID-19”, donde afirma que “es evidente para la razón práctica que la vacunación no es, por regla general, una obligación moral y que, por lo tanto, la vacunación debe ser voluntaria”.
El documento de la Santa Sede abordó el hecho de que todas las vacunas contra el coronavirus se desarrollan “recurriendo, en el proceso de investigación y producción, a líneas celulares que provienen de tejidos obtenidos de dos abortos ocurridos en el siglo pasado”.
Varias de las vacunas COVID-19 comercialmente autorizadas se produjeron o probaron utilizando células de abortos realizados en la década de 1970.
En la nota, la Congregación para la Doctrina de la Fe afirma que el uso de estas vacunas es “moralmente aceptable” porque “el tipo de cooperación al mal (cooperación material pasiva) del aborto provocado del que proceden estas mismas líneas celulares, por parte quienes utilizan las vacunas resultantes, es remota”.
Además, señala que “quienes, por razones de conciencia, rechazan las vacunas producidas a partir de líneas celulares procedentes de fetos abortados, deben tomar las medidas, con otros medios profilácticos y con un comportamiento adecuado, para evitar que se conviertan en vehículos de transmisión del agente infeccioso”.
La semana pasada, una ordenanza de la Pontificia Comisión sobre el Estado de la Ciudad del Vaticano determinó que a partir del 1 de octubre será necesario presentar el Certificado Digital COVID (Green Pass) para ingresar al territorio del Estado de la Ciudad del Vaticano.
La ordenanza específica también que, como excepción, no se solicitará la Green Pass “a aquellos que participen en celebraciones litúrgicas”.
Esta excepción se aplicará “durante el tiempo estrictamente necesario para el desarrollo del rito, sin perjuicio de las vigentes prescripciones sanitarias sobre distanciamiento, el uso de dispositivos de protección individual, la limitación de la circulación y de la acumulación de personas y la adopción de las normas de higiene específicas”.
Traducido y adaptado por Harumi Suzuki. Publicado originalmente en ACI Digital.
Publicar un comentario