Ratifican 30 años de prisión por abusos a un ex sacerdote expulsado por el Papa Francisco

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por abusos sexuales a 30 años de prisión contra un hombre que fue expulsado del estado clerical por el Papa Francisco en 2019, al negarse reiteradamente a cumplir la pena canónica impuesta.

El exsacerdote fue acusado de abusar sexualmente de 7 menores que cursaban estudios en el seminario de la Diócesis de Ciudad Real (España), donde era formador.

La Sala desestima el recurso presentado por el condenado Pedro Jiménez Arias contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha, que elevó a 30 años la pena de 22 años y 8 meses que le había impuesto la Audiencia Provincial de Ciudad Real. 

El máximo órgano judicial español confirma una multa por importe de más de 52 mil dólares y una indemnización de cerca de 2.000 dólares a cada una de las víctimas. 

La sentencia rechaza que, como ha alegado el condenado, las conductas consideradas como abusos sexuales fueran parte de un juego, sino, muy al contrario, “actos hábiles para atacar la indemnidad sexual de los menores”. 

Según la sentencia, el exsacerdote realizaba tocamientos en la piscina del seminario menor con la excusa de hacer ahogadillas “siendo conductas reiteradas y prolongadas en el tiempo, durante toda la temporada de baño en la piscina y afectantes a varios alumnos tutelados”. 

El Tribunal Supremo considera igualmente que “las curas en las habitaciones, obligando a los menores a bajarse los calzoncillos y palpándoles los genitales y el pene, so pretexto de esas curas, tienen evidente carácter sexual”. 

Del mismo modo, explicita que “hacer desnudar a los menores no puede ser considerado como una mera prueba de confianza y los actos de masturbación o contemplación del pene de los menores atentan de forma evidente a la libertad e indemnidad sexual de estos”. 

La justicia española aprecia la agravante de prevalimiento respecto a cuatro de las siete  víctimas, al comprobarse que el condenado se aprovechó de su posición de formador sobre  los menores, que entonces contaban con 13  años y vivían en régimen de internado.

La sentencia determina que “la existencia de una vulnerabilidad emocional en los menores que el formador, usando de su autoridad inherente al cargo que desempeñaba aprovechó para perpetrar los delitos”.

Esta circunstancia “es indisociable de la consideración de las víctimas como vulnerables: el prevalimiento existe porque el autor es el formador de los menores, su tutor; y los menores que tienen menos de los 16 años que fijaba la edad de consentimiento sexual y están próximos a los 13, están internos en el seminario, en un ambiente determinado y sometidos a una disciplina concreta”, señala el tribunal.

La Sala rechaza las acusaciones contra las víctimas y sus familias de haber concertado los testimonios y considera que las declaraciones de los menores, como dice la sentencia recurrida, “son claras, precisas, coherentes en la incriminación y sin contradicciones en cuestiones relevantes”.

Expulsado del sacerdocio por el Papa Francisco

El caso de Pedro Jiménez Arias, cuyos hechos se remontan a 2016, fue llevado a la Fiscalía por la propia Diócesis de Ciudad Real en representación de los padres de los menores abusados. 

Antes de que se pronunciara la justicia civil, la Congregación para la Doctrina de la Fe decretó su reclusión en un monasterio durante cinco años con asistencia espiritual y psicológica, a lo que Jiménez se negó de forma reiterada. 

El Vaticano publicó un decreto firmado por el Papa Francisco en el que se estableció en mayo de 2019 la “dimisión ex oficio et pro bono Ecclesiae del estado clerical del Rvdo. D. Pedro Jiménez Arias (dimisión por oficio y por el bien de la Iglesia)". 

Al ser firmado por el Santo Padre, el decreto es inapelable. 

En el mes de febrero de 2020, siguiendo las directrices marcadas por la Conferencia Episcopal Española, el Obispado de Ciudad Real puso en marcha mediante un decreto la Oficina Diocesana encargada de la Recepción de Informes relativos a Conductas que podrían ser constitutivas de Delitos de Abusos Sexuales.

El P. Adriano Delgado Perea, encargado de recibir las denuncias en el Obispado, confirma a ACI Prensa que desde la puesta en marcha del servicio no se ha recibido ninguna acusación.

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