Uruguay: Obispos aclaran que no se han pronunciado sobre referéndum de Ley Trans

La Conferencia Episcopal del Uruguay publicó una nota aclaratoria en la que señala que los obispos no se han pronunciado sobre “el pre referéndum del 4 de agosto sobre la Ley Integral para Personas Trans”.

“Debido a noticias falsas que están circulando en las redes sociales y que son reproducidas en sitios web aclaramos que los obispos como Conferencia Episcopal del Uruguay no se han pronunciado sobre el pre referéndum del 4 de agosto sobre la Ley Integral para Personas Trans”, señala el comunicado de la Oficina de Prensa de la Conferencia Episcopal del Uruguay, publicado el 23 de julio.

Aunque los obispos han publicado este comunicado, en mayo de 2018 la Comisión de Familia y Vida, que depende de la Conferencia Episcopal, publicó una declaración en la que criticaba el intento de imponer la ideología de género, recordando además que “el sexo biológico es independiente de toda ley y de toda convención humana”.

El texto cuestionaba si “¿es lógico considerar que un niño o un adolescente menor de edad tienen la suficiente madurez, para tomar una decisión de tal magnitud que podría afectar su vida irreversiblemente? A su vez: ¿puede una ley desautorizar y desvalorizar a las madres y padres de familia, pasando por encima de su patria potestad en una materia de tanta importancia? Por último: sustituir a los padres por un representante estatal en una decisión tan compleja, ¿no es una actitud propia de los estados totalitarios?”.

La declaración también alentaba a respetar a toda persona y a evitar la discriminación.

En el mes de abril, señalan los medios uruguayos, el Arzobispo de Montevideo, Cardenal Daniel Sturla, dijo que no firmó la campaña que promueve la derogación de la norma.

"Otra cosa es que estemos de acuerdo con la ley, no estoy de acuerdo sobre todo con el primer artículo de la ley", dijo. “La Iglesia, siguiendo a Jesucristo, tiene que ponerse siempre del lado de las personas que sufren. Si las personas trans han sufrido ahí tiene que estar el corazón del evangelio", agregó.

El artículo 1 de la ley señala: “(Derecho a la identidad de género). Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad conforme a su propia identidad de género, con independencia de su sexo biológico, genético, anatómico, morfológico, hormonal, de asignación u otro”.

“Este derecho incluye el de ser identificado de forma que se reconozca plenamente la identidad de género propia y la consonancia entre esta identidad y el nombre y sexo señalado en los documentos identificatorios de la persona”, indica el artículo 1.

Por su parte, el diputado Carlos Iafigliola, quien promueve la derogación de la ley que se votará el 4 de agosto, dijo: “Con el mayor de los respetos, como militante de la Iglesia, qué pena esta declaración de Daniel Sturla. Una de cal y otra de arena. (…) Hoy discrepo profundamente con tu declaración. Yo seguiré trabajando para derogar la Ley Trans".

La polémica Ley Trans

La Ley Trans presentada en junio de 2017 por el Frente Amplio afirma que busca promover la equidad de género erradicando toda forma de discriminación de la población transgénero.

El documento aprobado por el Senado el 19 de octubre de 2018 establece que una persona mayor de edad puede cambiar de nombre y sexo en el Registro de Estado Civil con la sola voluntad. Esta podrá ser revertida hasta pasado cinco años y a los datos originales.

También establece el acceso a intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales “para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, de acuerdo a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa”, describe la ley.

Los menores de 18 años podrán realizar el cambio de nombre y sexo registral, intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales acompañados de sus padres o representante legal.

De no contar con el consentimiento de sus tutores, el menor puede solicitar representación del Estado.

Asimismo, la Ley Trans establece una reparación económica vitalicia para aquellas personas que afirmen haber sido víctimas de violencia y nacidas antes del 31 de diciembre de 1975.

También establece a la población trans el 1% de las vacantes laborales en la administración pública, el 1% de los programas de capacitación impartidos por el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional y la prioridad en el acceso a la vivienda.

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