Durante una audiencia que discute el proyecto del aborto en el Senado de Argentina, un parlamentario reveló que el Gobierno aprobó un plan nacional de prevención de embarazo adolescente que contempla el aborto como una “obligación de estado”, a pesar que esta práctica no ha sido aprobada en el país.
El 24 de julio, Dalmacio Mera, presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales interpeló al ministro de Salud, Adolfo Rubinstein, y le increpó: “Este manual lo reparten ustedes y acá habla del aborto seguro”.
Rubinstein indicó que en la normativa vigente el texto debe referirse textualmente a los términos “interrupción legal del embarazo” y no al aborto.
“No, no distingue para nada ministro. Tal vez que para usted ya es ley”, replicó Mera en referencia al proyecto del aborto que debe votarse todavía el 8 de agosto.
Con una risa nerviosa, el ministro sostuvo que la distinción existe y que se encuentra en la página web de su cartera ministerial. Finalmente, Mera le hizo llegar el documento, pero Rubinstein solo atinó a decir: “Después lo leo”.
El documento que denunció Mera es el Plan Nacional de Prevención del Embarazo no Intencional en la Adolescencia (ENIA) 2017-2019, que en el punto 4.4, bajo el nombre “Obligaciones del Estado para prevenir el embarazo en la adolescencia” pide garantizar el aborto.
“Garantizar a todos los adolescentes el acceso confidencial, no discriminatorio y adaptado a sus necesidades a la información, los bienes y los servicios sobre salud sexual y reproductiva, incluidos la anticoncepción, la consejería en salud sexual y reproductiva, la consulta preconcepcional, la atención de la salud materna y de las infecciones de transmisión sexual y el acceso al aborto en condiciones seguras”, precisa el texto.
Actualmente, en el Senado argentino se debate el proyecto de ley del aborto, luego que fuera aprobado por la Cámara de Diputados el 14 de junio. La votación de la ley en la Cámara Alta se realizará el 8 de agosto próximo.
El proyecto permite el aborto libre hasta la semana 14 de gestación; y hasta los nueve meses de embarazo bajo las causales de violación, riesgo de vida y salud de la madre e inviabilidad fetal. Además, prohíbe la objeción de conciencia institucional.
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