El Papa Francisco nombró el 1 de julio a Mons. Luis Francisco Ladaria Ferrer como nuevo Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, sucediendo en el cargo al Cardenal Gerhard Ludwig Müller.
Hasta la fecha, Mons. Ladaria Ferrer era el Secretario del dicasterio vaticano que ahora dirige.
En una carta difundida por el semanario francés L’Homme Nouveau a fines de 2014, y traducida al español por la revista Alfa y Omega, el Prelado, en su calidad de Secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe, respondió a un sacerdote sobre la inquietud de si dar o no la absolución a una persona divorciada en nueva unión.
La carta data de octubre de 2014, casi un año y medio antes de la publicación de la exhortación apostólica Amoris Laetitia, del Papa Francisco.
Mons. Ladaria Ferrer explicó que “no podemos excluir a priori a los fieles divorciados vueltos a casar de un proceso penitencial que conduzca a la reconciliación sacramental con Dios y por lo tanto a la comunión eucarística”.
Sin embargo, citando la exhortación apostólica Familiaris Consortio de San Juan Pablo II, el Prelado señaló que “la reconciliación en el sacramento de la penitencia –que les abriría el camino al sacramento eucarístico– puede darse únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio”.
“Esto lleva consigo concretamente que cuando el hombre y la mujer, por motivos serios –como, por ejemplo, la educación de los hijos– no pueden cumplir la obligación de la separación, asumen el compromiso de vivir en plena continencia, o sea de abstenerse de los actos propios de los esposos”, dijo también San Juan Pablo II, en ese documento.
Por esto, el hoy Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe precisó que “el camino penitencial” para divorciados en nueva unión debería comprender tres elementos, el primero de los cuales es “verificar la validez del matrimonio religioso, de acuerdo con la verdad y evitando la impresión de una especie de divorcio católico”.
El segundo, señaló, es “ver si las personas, con la ayuda de la gracia, se pueden separar de su nueva pareja y reconciliarse con aquellos de los que se separaron”.
Un tercer elemento, dijo, es “invitar a los divorciados vueltos a casar que, por razones graves (por ejemplo, los niños), no pueden separarse de su nueva pareja, a vivir como hermano y hermana”.
“En cualquier caso”, dijo, “la absolución solo puede concederse si se asegura una verdadera contrición, es decir, dolor interno y odio del pecado cometido, con la resolución no volver a pecar”.
“En esta línea, no se puede absolver válidamente a un divorciado y casado de nuevo que no toma la firme resolución de no volver a pecar y, por lo tanto, de abstenerse de acciones propias de los esposos y hacer en este sentido todo lo que esté en su poder”, finalizó Mons. Ladaria Ferrer.
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— ACI Prensa (@aciprensa) 5 de noviembre de 2016
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